La Unidad 5 está dedicada al estudio de los procedimientos de aplicación de las normas internacionales en el Derecho Internacional contemporáneo.
Aunque habitualmente, el cumplimiento de las normas jurídico internacionales se produce de manera espontánea, también se producen violaciones del DIP. La principal consecuencia de esos incumplimientos, que constituyen hechos internacionalmente ilícitos, es la responsabilidad internacional del sujeto autor de los mismos. La Lección 19 se dedica a la responsabilidad internacional del Estado y la Lección 20 a la responsabilidad internacional de entes distintos de los Estados, en particular de las Organizaciones internacionales y, de forma más limitada, del individuo.
Pero, como hoy por hoy, no puede afirmarse la subjetividad internacional del individuo, salvo en ciertos supuestos excepcionales, sólo el Estado de nacionalidad del individuo perjudicado por un ilícito de otro Estado, podrá hacer valer sus derechos en el plano internacional, exigiendo la responsabilidad al autor del ilícito, mediante el ejercicio de la protección diplomática. El estudio de esta institución se lleva a cabo en la Lección 21.
La Lección 22 se dedica al análisis de los diferentes medios de solución de las diferencias internacionales. Y la Lección 23 a los procedimientos de aplicación forzosa y al estudio del principio estructural de prohibición de la amenaza o uso de la fuerza.